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La privacidad e identidad digital de los menores

La privacidad e identidad digital de los menores

Cuando publicamos imágenes de nuestros buenoshijos en las redes sociales estamos dejando un rastro de ellos en el mundo digital. Esa huella o identidad digital permanecerá hasta que ellos sean mayores. En nuestra responsabilidad está saber qué publicamos y para tomar consciencia de ello Maria Teresa Beneyto, abogada y Malamadre, aborda este tema dándonos las claves principales.

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¿Publicar o no publicar?

Es un uso socialmente aceptado que los padres colguemos en las redes sociales fotos de nuestros hijos, mostrando su día a día, sus aficiones, progresos y habilidades y a veces también, sus dificultades. Es lo que los anglosajones llaman “Sharenting” (resultado de mezclar las palabras “sharing” y “parenting”), que se puede traducir como “compartir la paternidad en redes sociales”. Ello constituye una biografía gráfica de cómo se produce el desarrollo de la personalidad del menor y de su propia identidad y, además, configura su identidad digital.

Los psicólogos nos dicen que presumir de hijos no es nada nuevo, lo único que ha cambiado es el soporte donde se hace y la repercusión que puede tener: las redes sociales son los nuevos medios de comunicación desde el momento en que una foto se comparte públicamente y se hace viral.

En España, la privacidad se protege a través de los llamados derechos al honor, intimidad personal y familiar y propia imagen que se reconocen en el artículo 18.1 de la Constitución como derechos fundamentales de todas las personas (incluidos los niños, por tanto).

Se refieren a la reputación que tenemos entre los demás, a nuestra privacidad personal y familiar y al uso de nuestra imagen, voz y nombre, derechos esenciales para el desarrollo de la personalidad.

Las fotografías, además, son datos personales, que el artículo 3 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal define como aquellos datos que permiten identificar a las personas. También son datos personales el nombre y apellidos, la fecha de nacimiento, la dirección postal y de correo electrónico, el número de teléfono y de DNI, entre otros. El derecho a ejercer un control sobre el uso de nuestra información personal es también un derecho fundamental reconocido en el artículo 18.4 de la Constitución.

Así, en el caso de los menores hasta catorce años, para recoger y emplear sus datos, se requiere el consentimiento de los padres o tutores. Los mayores de catorce años, en cambio, sí pueden dar su consentimiento para el tratamiento de sus datos, de acuerdo con el artículo 13.1 del Reglamento de Protección de Datos. Eso significa que, a partir de esa edad, ya pueden abrirse un perfil de usuario en una red social.

Por otra parte, los derechos al honor, intimidad personal y familiar y propia imagen colisionan con los derechos de la comunicación, también de rango fundamental, reconocidos en el artículo 20 de la Constitución (libertad de expresión e información). En caso de conflicto, habrá que atender a cada caso concreto y ponderar cuál de ellos debe prevalecer. Para realizar esta ponderación se utilizan diversos criterios entre los que destaca el interés público de la información.

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Una protección reforzada

Sin embargo, como ha señalado el Tribunal Supremo los menores gozan de una protección reforzada por tratarse de personas en formación, más vulnerables, por lo que, en caso de conflicto de derechos, siempre primará el interés superior de los menores sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir, por ejemplo, la libertad de empresa, reconocida en el artículo 38 de la Constitución y que se puede definir como el derecho de los ciudadanos a crear y gestionar su propia empresa y obtener ingresos económicos por ello.

Cuando hacemos públicas las fotografías de una persona adulta, no hay intromisión ilegítima en sus derechos al honor, intimidad y propia imagen si hay consentimiento de dicha persona a la publicación.

Por el contrario, al gozar el menor de un protección reforzada de estos derechos como hemos visto, sí se considerará una intromisión ilegítima en su honor, intimidad personal y familiar y propia imagen, cualquier utilización de su imagen o su nombre en los “medios de comunicación” que pueda implicar menoscabo de su honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses, incluso si consta el consentimiento del menor o de sus representantes legales, dice el artículo 4.3 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor.

Los menores de edad además están bajo el cuidado de los padres o tutores legales hasta alcanzar la mayoría de edad: es lo que la Ley denomina patria potestad.

En este sentido el artículo 154 del Código Civil señala que “(…) la patria potestad, como responsabilidad parental, se ejercerá siempre en interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a sus derechos, su integridad física y mental (…) Si los hijos tuvieren suficiente madurez deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten.”

Finalmente, en Derecho, se utiliza desde hace muchos años como referencia “la diligencia de un buen padre de familia” para referirse a cómo se debe cumplir un contrato, llevar una empresa, etc.

En conclusión

Como padres o tutores legales de los menores a nuestro cargo la Ley nos dice que debemos respetar su privacidad, el libre desarrollo de su personalidad y su interés por encima del nuestro, pero todo eso…. ya lo sabíamos, ¿verdad?

Además, esa no es la cuestión. La cuestión es: “Publicar o No Publicar”. ¿Acaso la Ley nos prohíbe a los padres publicar las fotos de nuestros hijos en redes sociales? Por supuesto que no.

La Ley sólo nos dice que lo hagamos con sentido común, que filtremos lo que compartimos públicamente: lo que pueda poner en peligro su seguridad e integridad, lo que hace veinte años no nos hubiera gustado ver en la tele o leer en los periódicos sobre nuestro hijo, lo que hoy, no nos gustaría encontrarnos en las páginas de un buscador al poner su nombre, ni a nosotros, ni a él… eso, no lo publiquéis.

La Ley también nos dice que debemos escucharle y tener en cuenta su opinión cuando tenga la madurez suficiente, al fin y al cabo, en esta cuestión, él es un nativo digital, nosotros no. En abril de 2014, un estudio promovido por la Universidad de Oxford mostraba que los adolescentes controlaban mucho más que los adultos, las opciones de privacidad en sus perfiles de redes sociales y el contenido que compartían en ellas.

Tampoco debemos olvidar que, en muchas ocasiones, la publicación puede ser en interés del menor. Por este motivo, no hay que tener miedo a las redes sociales ni a las posibilidades que ofrecen. Siempre tendremos el derecho al olvido.

Creo que nuestra responsabilidad parental consiste en que cuando nuestros hijos sean adultos se sientan cómodos con la huella digital que hemos dejado de ellos en redes sociales y, a partir de ahí, tengan la oportunidad de crear su propia identidad digital en este apasionante mundo 2.0.

Y vosotras malasmadres ¿qué pensáis sobre este tema? ¿Soléis publicar muchas fotos o no?

FUENTES: Normativa citada. Guías de la AEPD. Webs de ENATIC, APEP, INCIBE, Menores en Red, Internautas y Tú decides en Internet. Artículos publicados en Padres y Colegios, La Vanguardia, Notarios y Registradores (“Instamamis”), CNN, Kidsandteensonline, Cuatrecasas Blog, Écija Blog, Bebes y Más y La Nueva Crónica.

Para saber más:

http://edition.cnn.com/2016/10/21/health/posting-about-kids-on-social-media/index.html

http://www.enatic.org/la-intimidad-de-los-menores-privacy-by-default/

http://www.menoresenred.com/legislacion-imagen-menores-internet/

http://www.menoresenred.com/colgando-fotos-de-nuestros-hijos/

www.padresycolegios.com – ¿Dónde acabarán sus fotos ? Revista Nº113. Diciembre 2016.

https://kidsandteensonline.com

www.apep.es

https://www.agpd.es

http://blog.cuatrecasas.com/propiedad-intelectual/

http://ecija.com/blog/

https://www.internautas.org/

Han comentado...

  1. He leido por algun comentario que hasta que tienen 18 años somos los padres quien tenemos el derecho de colgar fotos en su nombre. Pues creo que no, ni siquiera con “sentido común”, que eso es muy difícil de medir y cada uno tiene el suyo. En todo caso tenemos la obligación de preservar ese derecho, que nadie lo ejerza por nuestro hijo y cuidar su honor y su INTIMIDAD. Para mi es algo que les corresponde a ellos, igual que no votamos por ellos, sino que les corresponde cuanto cumplan 18 años, igual que no vamos al cole antes “por ellos”, ni a la discoteca en su nombre (sino que tendrán que esperar a que tengan 18 años), ni conducir, ni miles de otras cosas, expresarse por ellos en RRSS (que es lo que hacen quienes cuelgan sus fotos, y cjuentan su vida) tampoco nos corresponde. Que sí, que ellos no pueden hacerlo, ¿y qué?. Facebook, instagram, etc… son para personas que pueden tomar fotos, escribir, y autorizar o no su uso. Mi opinión es que debería estar prohibido, la verdad. Además creo firmemente que cuando esta generación expuesta crezca y vea lo que se ha montado alrededor de ellos y sin su consentimiento lo prohibirá. Los padres que lo hacen no lo hacen con mala intención, sino por amor (la mayoría, porque hay otros que es puro ego), ya lo se, porque quieren proclamarlo a los 4 vientos, pero hay que pensar más en los niños, que son personas con derechos, sentimientos (y que ahora no pueden decidir si la amiga de su mama, que a los 10 años vete tu a saber si se odian, o se ha vuelto loca tenga toda su vida a un click) y en demostrar ese amor de otra forma, y preguntarse si en realidad tu hijo necesita YA una imagen en RRSS, o puede esperar a que le toque.

  2. Yo creo que debería estar prohibido, no me entra en la cabeza que existan cuentas de instagram de madres dedicadas por completo a sus bebés y con cero privacidad, a lo mejor soy yo que exagero pero cuando algún amigo o familiar me pide que le envíe una foto de mi hijo por Whatsapp me ponen en el compromiso de pedir que no compartan la foto, o directamente negarme. Entiendo perfectamente a la mamá que a contado la anécdota de la frutería, una con su buena voluntad le manda una foto a la suegra/prima/o perico el de los palotes y éste se la reenvía a su amigo/vecino/o cualquier grupo del Whatsapp diciendo mira que niño más mono y en un momento han visto la foto 20 personas…En fin, lo dicho, que seré yo

  3. Nosotros cuidamos mucho de no exponer al pequeño ( los mayores ya son adultos 18,21 años) , fotos: entre familia y por wasap y saben que no las queremos en internet, tampoco nos hace falta ya que en los dos grupos familiares estamos todos y mas sobrinos pequeños que no son participes de colgar fotos ( los padres)En internet , via facebook ,no acostumbro a colgar ni informacion privada ni fotos.Es nuestra familia,nuestra intimidad no se…cada uno es libre de hacer lo que le plazca siempre con respeto y educacion.Pero gracias porque me ha parecido muy muy interesante, como siempre un placer leeros.

  4. En contra totalmente de publicar fotos de los niños. Ellos no pueden elegir. A veces me pregunto cómo puede haber cuentas enteras y blogs basados en fotos de los hijos. Me parece una aberración y me daría mucho miedo.

  5. Mariate, mil gracias por este post.
    Como malamadre me viene genial, pero a nivel profesional ya ni te cuento. Lo imprimo y lo guardo “como oro en paño” para mi trabajo con las familias.
    Un abrazo.

  6. Gracias. Pero ¿y cuando tú no públicas pero tus familiares sí, a pesar de pedirles que no lo hagan? Para mí supone una pelea constante y un desgaste que creo no debería ser necesario…

  7. En tiempos del Gran Hermano que vivimos, hablar de privacidad es complicado ya que si bien, como comentas, el marco legal es el que muestras, el día a día nos habla de que ya no es posible anonimizar los datos por muy irrelevantes que nos parezcan, que cualquier entidad (tanto gubernamental como empresas privadas) poseen una brutal colección de esos datos irrelevantes que pueden crear un perfil nuestro bastante ajustado…

    Y el derecho al olvido…es un arma de doble filo: debemos conocer su alcance y dónde no aplica antes de lanzarnos a las redes creyendo que siempre es un colchón que podemos usar. La información no desaparece, simplemente no se indexa en una búsqueda por nombre y apellidos, pero en el caso de personajes públicos tampoco te asiste ese derecho.

    Insisto, es complicado. Gracias Q-Mariate por intentar aclararnos algo en este revuelto mundo de las RRSS

    1. ¡Qué bien verte por aquí Alberto! Tienes razón, es complicadísimo. Y además la tecnología va más rápido que las leyes y… es tan seductora. Hablas de Gran Hermano y me has hecho recordar la película del Show de Truman … daba que pensar ¿verdad? Gracias por comentar.

  8. Rara vez publici fotos de mi hijo, y cuando esto sucede son fotos donde no se le ve la cara, ni nada que identifique su vida (jardin de infantes, club, etc etc). No creo que deba exponerlo de esa manera, no critico a quien lo hace, cada cual tiene su punto de vista. Simplemente yo no lo hago y no me gusta que terceros publiquen fotos de mi hijo tampoco, no las publico yo, ¿por qué debe hacerlo un tercero ajeno? Lucho con el buenpadre que cada tanto sube alguna foto y contra los abuelos por parte del buenpadre, que presumen con un hijo ajeno (el nieto) y no con el propio. Lo mismo me pasa con enviar fotos via whatsapp. Es muy sencillo compartir la foto que te compartieron y en segundos, la foto de tu hijo llego a 10 móviles distintos a traves de un grupo. Trato de enviar pocas y a familia y/o amigos muy cercanos, que no significa que por eso este exenta de que las compartan.

    1. Pienso igual que tu. Hace poco me encontré con una situación que me hizo reflexionar. Estando en la frutería, una señora que no conocía de nada se acercó a mi hijo lo llamó por su nombre y hacía referencia a algo que había hecho recientemente. Le pregunté que quien era y dijo que una amiga de mi suegra que constantemente le enviaba fotos de mi hijo y le explicaba cosas del día a día. Entiendo que la suegra lo hace con toda la buena intención del mundo y por orgullo de abuela, pero desde entonces, tanto mis padres como mis suegros saben que las fotos que les enviamos por whatsap son sólo para ellos y no tienen nuestra autorización para enviarlas a tíos, vecinos o quien sea. En cualquier caso ya lo haremos nosotros si nos apetece.

    2. Sí, es verdad, no podemos controlar a dónde llegarán las fotos en último término, pero lo bueno es que ese primer filtro -que es el más importante- lo hacemos los padres. Gracias por comentar.

  9. Hola,

    yo la verdad es que aún no estoy en esa situación, pero cuando me toque no publicaré nada, cuando ella decida que publique pero con cuidado, ya que esta información se puede utilizar también en tu contra…

    Gracias por el artículo, la verdad es que estas nuevas situaciones empiezan a surgir con estos tiempos tan tecnológicos y cada vez a edades más tempranas.

    Besos!

    Anabel

    1. Sí ¿verdad? Y muchas veces los padres estamos aprendendiendo al mismo tiempo que ellos.

  10. Hola Mariate, gracias por aclarar algunas de mis dudas. Me gusta el enfoque: que lo que publiquemos no les avergüence.
    Como en casi todo lo que afecta a la p/maternidad: coherencia y sentido común.
    Saludos

  11. Buenos días, malasmadres:
    Yo no publico nada en redes sociales de mi hijo y lo menos posible mío. Tengo entendido que Facebook se queda con los derechos de las imágenes y vídeos que subimos y que lo mismo ocurre con Whatsapp. ¿Sabes, Mariate, si es eso cierto?
    Un saludo y feliz día!!

    1. Creo que sólo las fotos de perfil son públicas y respecto a lo demás, depende de cómo tengas tus opciones de privacidad configuradas. Te lo confirmo cuando lea sus términos y condiciones legales.

    2. Esta pregunta me parece muy interesante. ¿Se considera WhatsApp una red social, al compartir fotos de manera privada, por ejemplo, con tu pareja o con los abuelos? ¿Se queda WhatsApp con los derechos de esa fotografía? Es algo que ni lo había pensado. Las fotos del perfil, por supuesto, si son públicas (cualquiera puede verlas y guardarlas directamente) pero, que pasa con las fotos que compartimos entre usuarios de manera individual? Muchas gracias.

      1. Según tengo entendido no es una red social sino un servicio de mensajería. En su política de privacidad, indican que utilizan un cifrado de extremo a extremo que asegura que solo tú y el receptor puedan leer lo que se envía, y que nadie más, ni siquiera Whatsapp, lo pueda hacer. Sin embargo, cuando compartes información (mensajes, fotos, vídeos,etc) con tus contactos por Whatsapp, ellos tendrán una copia de los mensajes y podrán reenviar la información a otras personas por Whatsapp u otro medio.

  12. Buenos días! Yo no publico ninguna foto de los buenoshijos, alguna foto de sus pies o como mucho de espaldas. Quiero que sean ellos los que suban las fotos que quieran cuando puedan y sepan hacerlo, y que sepan los pros y contras. Siempre que veo a algunas madres presumiendo de bebés o niños disfrazados, o contando anécdotas para nosotras graciosas, pienso ¿qué va a pensar ese niño en un par de años? ¿Le hará gracia o, por el contrario, se avergonzará de lo que publicaron sus padres sobre él? Porque el derecho al olvido es un derecho, pero es difícil de ejercer. Nuestros pequeños tienen derecho a su intimidad, y tienen derecho a construir su propia imagen digital. Y nosotros debemos estar a su lado aconsejando para que sepan hacer un uso responsable de las redes sociales. Pero es su imagen, y su derecho al honor y a la intimidad, no el nuestro 🙂

    1. Eso pensaba yo cuando empezaron las RRSS y los blogs, me alegro de no ser la única en haberle dado vueltas a este tema (¿les gustará?…) pero hoy ya es un uso extendido y socialmente aceptado así que, al final, he llegado a la conclusion de que los niños lo verán como algo normal cuando crezcan y que no hay que tener miedo a publicar, solo hacerlo con responsabilidad. Como bien dices, es su derecho que nosotros ejercemos solamente hasta que tengan madurez suficiente. Muchas gracias por comentar.

  13. Hola,

    Yo no publico fotos en las que se le vea la cara a la niña ni doy información acerca de su colegio, ni de sus actividades y rutinas. Supongo que al ser informática tengo otra perspectiva de lo que puede llegar a ser una red social y los peligros que entraña. Es peligroso contar todo su día a día, donde vamos, donde y cuando nos vamos de vacaciones, etc. Yo soy partidaria de protegerlos de esto mientras depende de nosotros.

    1. Te entiendo. A mi me pasa algo parecido, pero no sé si es porque soy abogada o por mi personalidad algo tímida. ¡Gracias por comentar!

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