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Devolución IRPF de maternidad

Devolución IRPF de maternidad

Malasmadres, ha llegado la hora de salir de dudas. Sois muchas las que me preguntáis sobre los pasos a seguir para la devolución del IRPF de maternidad y hoy, con la ayuda de David Rodríguez, nuestro asesor laboral, vamos a intentar aclarar este tema un poquito más.

Como en todo, es importante tener en cuenta que cada caso individual puede ser diferente. Por lo que lo más conveniente es consultar con un asesor o experto laboral de manera individualizada.

Como ya sabéis, desde el pasado mes de diciembre es posible solicitar la devolución del IRPF de la Maternidad de los niños nacidos desde finales del 2013 cuya prestación se haya cobrado en los años 2014 a 2017. Por si alguien aún tiene dudas de como pedirlo, os lo resumimos a continuación:

Tramitación presencial en las oficinas de Agencia Tributaria

Para la tramitación presencial puedes descargarte directamente el documento a cumplimentar AQUÍ.

Una ve descargado deberás rellenar con tus datos personales, marcar los años en los que cobrasteis prestación (ojo, no el año de nacimiento del bebé), poner vuestra cuenta corriente en formato IBAN, imprimir 2 copias, firmarlo y entregarlo en la oficina de Agencia Tributaria, donde os darán una copia sellada.

Una vez hecho todo esto,  tocará esperar que calculen la devolución (si procede) y notifiquen al respecto.

Tramitación online

Para poder solicitar la devolución podéis hacerlo desde AQUÍ directamente.

Para poder identificarte en la Agencia Tributaria puedes hacerlo de 3 formas diferentes:

  1. Con tu certificado digital
  2. Con tu clave PIN
  3. Habiendo presentado la Renta de 2016 para obtener un número de referencia.

Tras identificarte en la web de Agencia Tributaria con uno de estos 3 métodos, te pedirán la misma información que el formulario presencial que puedes ver y descargar AQUÍ. Tras rellenarlo, se firma telemáticamente y se envía.

Una vez presentado, tocará esperar que calculen la devolución (si procede) y notifiquen al respecto.

NOTA. Cada caso individual puede ser diferente. Por lo que lo más conveniente es consultar con un asesor o experto laboral.